CUIDAE.COM
Entidad acreditada para la capacitación en el uso de desfibriladores automatizados y certificadores de áreas cardioprotegidas (nº reg.:50/0032)
somos ENFERMEROS, la GARANTÍA para...
LEY Y DESA, LO QUE NOS DICE EL DECRETO
LEY Y DESA, LO QUE NOS DICE EL DECRETO
La tenencia y uso de un desfibrilador está regulado de por cada comunidad autónoma siendo en Aragón el Decreto 30/2019 de 12 de febrero el que regula el uso de desfibriladores automatizados externos fuera del ámbito sanitario.
Los objetivos del decreto son 3:
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Regular el uso y la ubicación de estos dispositivos.
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Acreditar a entidades competentes en impartir la formación necesario para su uso.
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Crear los registros de DESA, entidades acreditadas para la formación y personal capacitado para su uso.
Si pinchas en el mapa de la derecha podrás conocer la posición exacta de los DESA legalmente registrados en nuestra comunidad. Una buena forma de localizar un desfibrilador si algún día lo necesitas. Te sorprenderá saber en qué lugares hay DESA.
¿Quién puede usar un DESA que esté a disposición del público en un establecimiento NO sanitario?
El Gobierno de Aragón considera personal competente para usa DEA a Médicos, Enfermeros, Técnicos en Emergencias y todo aquella persona mayor de 16 años que realice un curso de capacitación con una entidad formadora acreditada por la DGA (CUIDAE es una de ellas, con número de registro 50/0032).
Quedan fuera del Decreto bomberos, policías, farmacéuticos, terapéutas ocupacionales, auxilares de enfermería, celadores, socorristas acuáticos y agentes de vigilancia.
¿Dónde es obligatorio colocar un DEA en Aragón?
El Decreto en su anexo V detalla los lugares en los que desde el 12 de febrero es obligatoria la presencia de un DEA. Estos lugares son:
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Comercios con más de 2500 metros cuadrados.
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Estaciones de transporte de poblaciones de más de 25.000 habitantes.
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Centros deportivos y piscinas con afluencia diaria prevista en 300 personas o más.
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Todos los centros educativos de Aragón
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Hoteles de más de 100 plazas.
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Residencias con más de 200 plazas.
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Centros de pública concurrencia para actividades recreativas o culturales con más de 500 personas de aforo.
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En, al menos, una de las patrullas de la flota de las policías locales de aquellas poblaciones que dispongan de este servicio.
¿Dónde es obligatorio colocar un DEA en Aragón?
El Decreto en su anexo V detalla los lugares en los que desde el 12 de febrero es obligatoria la presencia de un DEA. Estos lugares son:
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Comercios con más de 2500 metros cuadrados.
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Estaciones de transporte de poblaciones de más de 25.000 habitantes.
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Centros deportivos y piscinas con afluencia diaria prevista en 300 personas o más.
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Todos los centros educativos de Aragón
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Hoteles de más de 100 plazas.
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Residencias con más de 200 plazas.
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Centros de pública concurrencia para actividades recreativas o culturales con más de 500 personas de aforo.
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En, al menos, una de las patrullas de la flota de las policías locales de aquellas poblaciones que dispongan de este servicio.
¿Lo cuelgo de la pared y listo?
La tenencia de un DEA, sea obligada o voluntaria conllevará la necesidad de disponer, además del DEA el siguiente material complementario para una RCP de calidad detallado en el anexo IC:
Un juego de electrodos para adultos adicional al que monta el DEA.
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Un juego de electrodos para niños.
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Cánulas orofaríngeas de diferentes tamaños.
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Balón autohinchable de reanimación (opcional).
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Una mascarilla boca-mascarilla con filtro.
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Tijeras, rasuradora, gasas para garantizar una correcta adhesión de los parches.